viernes, 19 de diciembre de 2008

LAS NORMAS DE EXHUMACIÓN DE VÍCTIMAS ELABORADAS PARA LA LEY DE MEMORIA HISTÓRICA

El Gobierno deja en manos de las comunidades la apertura de fosas

La Asociación de Memoria Histórica rechaza la propuesta

NATALIA JUNQUERA - Madrid - 15/12/2008

El Gobierno ha elaborado ya un protocolo para regular las exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil, tal y como prometía el artículo 12.1 de la ley de Memoria Histórica de diciembre de 2007. De momento es sólo un borrador. Moncloa ha enviado el texto, de 11 páginas, a la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, para que le dé su opinión. No les ha gustado.

Si hay conflicto, como en el caso de García Lorca, la decisión será política

"Esto es urgente. Los hijos se están muriendo", dicen allegados de víctimas

El documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, describe paso a paso qué hay que hacer para abrir una fosa de la Guerra Civil y quién debe hacerlo. En el aspecto técnico, el protocolo es muy similar a otros ya existentes, incluido el que ha utilizado la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica para exhumar más de 4.000 cuerpos en los últimos años.

Aquel protocolo lo elaboró Francisco Etxeberria, médico forense, perito en la comisión que investiga los crímenes de la dictadura de Pinochet y uno de los expertos que iba a asesorar al juez Garzón en su causa contra el franquismo. Ambos documentos coinciden, por ejemplo, en la importancia de contar con un equipo multidisciplinar de expertos (forenses, antropólogos, historiadores...) a lo largo de todo el proceso.

Pero también tiene una dimensión política. Según el borrador, la intención del Gobierno es seguir prestando "colaboración" a los familiares de las víctimas y a las asociaciones que los representan, que llevarán a cabo las exhumaciones "con sus propios medios o con los que se aporten mediante la suscripción de los correspondientes convenios o contratos". El documento establece que los trabajos de recuperación de cadáveres se realizarán previa solicitud de los descendientes directos de las víctimas o de entidades interesadas y que "será necesaria la autorización por la Comunidad Autónoma correspondiente y por los órganos de gobierno de la entidad local donde se ubiquen los restos". Es decir, que la apertura o no de una fosa de la Guerra Civil dependerá, no ya del criterio de uno u otro juez, si no de una u otra administración autonómica.

La apertura de una fosa necesitará, además, un permiso por escrito de los familiares o representantes legales de los fallecidos. Si fuera necesario, añade el texto, la entidad local o la comunidad autónoma donde se ubiquen los restos "deberán realizar publicaciones en tablones municipales, boletines provinciales o autonómicos o diarios de mayor difusión" para encontrar a las familias.

En caso de conflicto entre familiares o asociaciones, "la exhumación deberá ser ponderada por la comunidad autónoma", que, "tras dar audiencia a los interesados, decidirá la realización total, parcial o la no realización de los trabajos". Es decir, si este protocolo estuviera ya en vigor, sería el Gobierno de Andalucía, presidido por Manuel Chaves (PSOE), quien decidiera si se abre o no la fosa donde se cree están enterrados el maestro granadino Dióscoro Galindo y el banderillero Francisco Galadí (cuyos familiares quieren recuperar los restos), junto al poeta Federico García Lorca (cuyos herederos desean que se queden donde están).

A la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica no le gusta el texto. Su presidente, Emilio Silva, lamenta que el Gobierno vuelva a dejar "en manos de voluntarios las exhumaciones, es decir, las consecuencias de un asesinato", que no haya aprovechado la oportunidad del protocolo "para crear una oficina estatal de atención a las víctimas que centralice las peticiones y lleve a cabo los trámites necesarios". La asociación lamenta que se "convierta en una decisión política de una comunidad autónoma u otra el derecho de los familiares a desenterrar a sus muertos y darles una sepultura digna". A la asociación le preocupa que "esta maraña burocrática" acabe alargando un proceso para el que no hay apenas tiempo. "Esto es urgente. Porque sus familiares se están muriendo. Los hijos de las víctimas son muy mayores. ¿Por qué una mujer de 80 años ha de esperar a que una comunidad autónoma decida si tiene derecho o no a sacar a su padre de una cuneta?", denuncia Silva. "El derecho es positivo. No se lo puede quitar alguien que no quiera ejercerlo. Si yo no voy a votar, ¿significa que se suspenden las elecciones?".

Hasta ahora, para iniciar los trabajos de exhumación, las asociaciones pedían autorización al propietario del terreno donde se hallase la fosa, solicitaban un permiso sanitario al ayuntamiento correspondiente y enviaban un escrito al juez de instrucción de la zona, que generalmente, no solía responder.

El borrador del protocolo prevé que, en caso de no obtener la autorización del dueño de los terrenos donde se encuentre la fosa, la administración competente iniciará "los trámites para la ocupación temporal de los terrenos", de acuerdo con lo previsto en la normativa sobre expropiación forzosa.

Localizados los restos, se dará parte al juzgado de instrucción competente, a la policía y a la Guardia Civil y se llevarán a un laboratorio forense que tratará de identificar a las víctimas y averiguar las causas y circunstancias de su muerte. Si son identificados, serán entregados a las familias; en caso contrario, se inhumarán en el cementerio de la población donde se haya encontrado la fosa.

El protocolo

- Cómo exhumar cuerpos de la Guerra Civil, según propone el Gobierno:

1. Investigación preliminar. Recogida y grabación de testimonios, elaboración de la ficha ante mortem de la víctima y consulta de archivos.

2. Proyecto de intervención arqueológica. Informe sobre la ubicación y características de la fosa, estimación de medios necesarios, del coste y del tiempo de ejecución.

3. Autorización. Permiso por escrito de los familiares de las víctimas y autorización de la comunidad autónoma y los órganos de gobierno local del municipio donde se ubiquen los restos.

4. Excavación. Elaboración de un diario de trabajo y documentación de las tareas realizadas. Establecimiento de un perímetro de seguridad para evitar el expolio de los restos. Comunicación al juzgado de instrucción, a la Policía o Guardia Civil y a la comunidad autónoma de los restos encontrados. Inventario de los hallazgos.

5. Investigación forense. Identificación de la víctima, diagnóstico de la muerte, fecha y circunstancias del fallecimiento.

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